Ley del Mono

¿Qué se puede regularizar con la Ley del Mono?

En este post te explicaré qué tipos de edificaciones pueden acogerse a la Ley del Mono y cuál es una de las principales condiciones que deben cumplir.
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La Ley N.º 20.898 (Ley del Mono) establece un procedimiento simplificado que permite regularizar tres tipos de edificaciones:

  • Viviendas.
  • Microempresas inofensivas.
  • Equipamiento social.

Microempresas inofensivas:
La ley se refiere a actividades productivas, comerciales o de servicios que no generan daños ni molestias a las personas, la comunidad o el entorno, y cuyos efectos son controlados dentro del propio predio. Esta condición debe ser certificada por la autoridad sanitaria correspondiente.

Equipamiento social:
Comprende edificaciones destinadas principalmente a actividades comunitarias, como sedes de juntas de vecinos, centros de actividades religiosas —incluidos sus templos—, centros de madres, clubes sociales y locales comunitarios.

Ahora, en cuanto a los requisitos para regularizar, uno de los principales es que la edificación haya sido construida antes del 4 de febrero de 2016 y que exista algún antecedente gráfico o documental que permita acreditarlo.

Para saber si tu propiedad cumple este y los demás requisitos establecidos por la Ley N.º 20.898, es necesario revisar sus características y antecedentes.

Si quieres, puedes solicitar una revisión conmigo para evaluar si tu propiedad puede acogerse a este procedimiento simplificado.

La Ley N.º 20.898 también establece límites de superficie. En el siguiente post veremos cuántos metros cuadrados permite regularizar la Ley del Mono.

Gracias por leer. Nos vemos en el siguiente post y mucho éxito con tu proyecto.

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