ASESORÍA AMPLIACIÓN SIMPLIFICADA

$30.000

Antes de comenzar:

La vivienda que será ampliada debe contar con recepción definitiva en Dirección de Obras Municipales.

¿Qué conseguirás?

A través de esta asesoría podrás saber si tu vivienda califica o no para ser ampliada de forma simplificada con alguna de las modalidades establecidas en el Artículo 166° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), siendo especialmente útiles al momento de ampliar viviendas en terrenos pequeños para aprovechar al máximo el espacio disponible en ellos.

Al calificar en alguna de las modalidades podrás diseñar y construir tu ampliación con muchas facilidades arquitectónicas, entre ellas:

  • No se exige cumplir con la envolvente teórica de adosamiento (rasante de 45° aplicada a 3.5 metros de altura).
    De esta forma se podrá construir apegado al deslinde con el vecino y verticalmente no habrá límite de altura, pudiendo así superar la rasante de 45°. 

  • No se exige solicitar autorización notarial al vecino por adosarse más de un 40% del deslinde común.

  • Podrás construir en antejardín si así lo deseas.

  • Posibilidad de construir usando hasta el 100% del terreno.

  • No se obliga a cumplir con distanciamientos mínimos al deslinde ni rasantes.

  • Habrá un descuento del 50% en el pago de derechos municipales.

Modalidades de ampliación simplificada

El artículo 166° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones establece las siguientes modalides de ampliación simplificada:

  1. Ampliación de Vivienda Social
    Una vivienda social es aquella vivienda económica (vivienda DFL N°2 de 1959 con superficie no mayor a 140 m2) de carácter definitivo cuya tasación no excede 400 UF, o bien 520 UF cuando la vivienda forme parte de un condominio de viviendas sociales.

  2. Ampliación en viviendas cuya tasación de construcción no excede 520 UF
    Modalidad aplicable a todo tipo de viviendas mientras la tasación de las construcciones recepcionadas no exceda 520 UF. 


La tasación aludida no es la tasación comercial ni el avalúo fiscal, sino que mas bien es la tasación que un profesional efectúa conforme al valor del metro cuadrado de construcción informado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).

Mi trabajo, una vez solicites la asesoría, consistirá en efectuar una tasación y determinar a cuál modalidad de ampliación simplificada califica la vivienda, pudiendo incluso calificar en ambas.

Cabe mencionar que si la vivienda no es social al día de hoy aun podría ampliarse de forma simplificada mientras califique a la modalidad de «Ampliación en vivienda cuya tasación de construcción no supera las 520 UF». Para el cálculo de la tasación en esta modalidad se excluye el valor del terreno y sólo se considera el valor de los metros cuadrados construidos. 

Para llevar a cabo dicha tarea necesitaré una serie de antecedentes que detallaré en un momento más.

Antes de continuar ten en cuenta lo siguiente:

Si bien las modalides de ampliación simplificada entregan varias facilidades de diseño, también has de tener en cuenta las siguientes restricciones en cuanto a la superficie que podrás construir:

  • Tras la ampliación la superficie total de la vivienda no debe exceder los 140 m2.
    La superficie de la vivienda una vez ampliada no debe superar los 140 m2.

  • Las ampliaciones a la vivienda original no deben superar los 100 m2.
    Tratándose de la primera ampliación, entonces esta no debe superar los 100 m2. Por otro lado, si ya existen ampliaciones recepcionadas (regularizadas), entonces la superficie de dichas ampliaciones más la superficie de la ampliación que se quiere construir no debe superar los 100 m2

Averigüemos si puedes ampliar de forma simplificada

Documentos requeridos para la asesoría

  1. Certificado de Avalúo fiscal DETALLADO reciente (no sirve el avalúo simple)
    Se obtiene de forma gratuita e inmediata en el sitio web del SII con el número de ROL del terreno. Se accede con clave SII o con Clave Única.
    https://zeus.sii.cl/avalu_cgi/br/brc110.sh

  2. Fotografías de las fachadas de la vivienda (frontal, laterales y posterior)
  3. ¿La vivienda forma parte de un condominio?
  4. ¿La vivienda cuenta con ampliaciones recepcionadas o regularizadas?
  5. Copia de documentos municipales de edificación tales como planos de las construcciones recepcionadas (regularizadas), permisos de edificación, certificados de recepción o de regularización, certificado de permisos y recepciones (con superficie).
    No es requerido que haga llegar tales documentos si no dispone de ellos en este momento. Aun así, si durante el transcurso de la asesoría determino que dicha información es requerida se lo haré saber para que usted pueda solicitarla.

  6. Comprobante de transferencia por el valor de la asesoría.
    Banco BCI
    Cuenta Corriente
    7779 17 214 816
    Jackson Felipe Grandón Garcés
    17.214.816-6
    ingeniero.felipegrandon@gmail.com

¿Cómo obtener el Certificado de Avalúo Fiscal detallado en SII online?

Detalles del servicio

Los antecedentes han de ser enviados al correo ingeniero.felipegrandon@gmail.com en formato PDF, escaneados o en fotografías de buena resolución. 

Una vez recibidos, haré llegar a su correo un informe con los resultados en un plazo de 2 a 3 días hábiles, indicando si la vivienda califica para hacer uso de las modalidades de ampliación simplificadas.
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